lunes, 22 de septiembre de 2014



Estas son 10 de las preguntas que más nos habéis planteado a la hora de iniciar los trámites con vuestros visados, sobre los requisitos para la visa.


Para venir a estudiar a España se piden varios requisitos y siempre hay que hacer una serie de gestiones y trámites. Una de ellas, es el permiso para entrar en España y permanecer el tiempo que duren tus estudios. Esto se hace gracias a la visa de estudiante o de estudios o, como decís muchos que estáis al otro lado del charco, visa estudiantil.

1.- ¿Qué es una visa de estudiante, visado de estudios o visa estudiantil?

Las visas de estudiante permiten al estudiante permanecer y estudiar en España así como realizar actividades de investigación o formación, participar en programas de movilidad de alumnos, realizar prácticas no laborales o prestar servicios de voluntariado.
La visa para estudiar en España tendrá una validez igual al periodo de duración del curso para el que esté matriculado.

2.- ¿Los estudiantes que provienen de países de la Unión europea, también necesitan la visa para estudiar en España?

A los ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza no se les exige ninguna autorización o visado para residir, estudiar, trabajar o realizar estas actividades en España.
IMPORTANTE: Los estudiantes admitidos como tales en otro estado miembro de la Unión Europea pueden cursar o completar sus estudios en España sin necesidad de visado (Art. 44 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril). Esta exención también es de aplicación a sus familiares. En el plazo de 1 mes desde la fecha de llegada a España deberán solicitar la correspondiente Autorización de Estancia (modelo EX-00) en la Oficina de Extranjeros de la provincia donde residan.

3.- ¿Necesito una visa de estudiante si mis estudios y estancia en España es inferior a 90 días?

Visados de estudios de corta duración para estudiar en España entre 91 y 180 días. Si los estudios que va a cursar tienen una duración de hasta 90 días entonces deberá solicitar un visado Schengen. El visado de estudios de corta duración no puede ser renovado en España en ningún caso, debiendo el estudiante regresar a su país de origen para solicitar un nuevo visado.

 

4.- ¿Puedo trabajar mientras estudio en España?

Sí, se puede trabajar mientras se estudia en España siempre y cuando el trabajo sea compatible con la realización de los estudios. Es necesario obtener una autorización de trabajo antes de comenzar a trabajar la cual se tramita en la correspondiente Oficina de Extranjeros. No será preciso solicitar autorización de trabajo para aquellas prácticas que formen parte del plan de estudios.

5.- ¿Qué puedo estudiar si obtengo la visa de estudiante?

Teniendo la visa para estudiar en España, se pueden realizar cursos de lengua española, grados universitarios, postgrados o estudios de investigación siempre que no se perciba salario de la Universidad u organización española. (Si va a percibir salario de una Universidad española debe solicitar un visado de residencia con excepción del permiso de trabajo).

6.- ¿Puedo viajar con una visa de estudios a otros países Schengen?

Sí, se puede viajar con las visas de estudiante. Desde el 5 de abril de 2010 los visados de estudios, tanto de corta como de larga duración, permiten viajar al resto de países Schengen hasta un máximo de 3 meses por semestre a contar desde la primera entrada.

7.- ¿En qué consiste el Espacio Schengen?

Los países Schengen son los siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia,España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza.

8.- ¿Si voy a España en viaje de turismo, puedo aprovechar para sacar allí la visa de estudiante?

No. La visa de estudiante se tramita siempre en el país de origen.

9.- ¿Dónde puedo solicitar mi visa para estudiar en España?

Las visas para estudiar en España se solicitan siempre en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas del país de origen del solicitante.

10.- ¿Me pueden denegar la visa para estudiar en España? ¿Qué puedo hacer si esto ocurre?

Las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares pueden resolver denegar una visa. En este caso deben notificarlo siempre al interesado pero no están obligadas a motivar dicha denegación, salvo si se trata de visados de residencia para reagrupación familiar o para trabajo por cuenta ajena, así como en el caso de visados de tránsito o estancia.
En caso de denegación de la visa, se puede interponer un recurso de reposición, ante la propia Misión Diplomática u Oficina Consular en el plazo de un mes, y el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses.